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Contabilidad Bogotá

Nuevo plazo para Nómina Electrónica

HAY MAS PLAZO PARA EL ENVIO DE LA NÒMINA ELECTRÒNICA DE 1 A 10 EMPLEADOS

Nuevo plazo para nómina electrónica.
Nuevo plazo para nómina electrónica.

Información clave

Nuevamente se amplia el plazo para envío de Nómina Electrónica para empleadores que tengan hasta 10 empleados en su nómina. Así lo establece el Comunicado de prensa 027 de la DIAN de 2 de marzo de 2022, el cual se basa en la Resolución No. 000028 del 28 de febrero de 2022,. En dicho comunicado se informa que: "En este caso, deberán realizar la primera generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste del citado documento, así: Los meses de diciembre de 2021, enero y febrero de 2022, de forma independiente, dentro de los diez primeros días hábiles del mes de mayo de 2022.

Y los meses de marzo, abril y mayo de 2022, de forma independiente, dentro de los diez primeros días hábiles del mes de junio de 2022.".

A pesar de lo anterior y de ser así, se recomienda a los obligados no seguir aplazando dicho proceso y continuar como si no se hubieran ampliado los plazos.

Si usted tiene entre 1 a 10 empleados debe hacer el reporte de la nómina a la DIAN desde el mes de diciembre de 2021, sin embargo, hay un alivio para estos pequeños empleadores que por diferentes razones no lo han hecho.

En la Resolución 151 de diciembre 10, la DIAN en sus Considerandos indica que las empresas deben centrar sus esfuerzos en el desarrollo de su operación y que “se hace necesario establecer un plazo especial para el cumplimiento de la generación y trasmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica para dichos sujetos obligados” por lo que otorga un plazo hasta los primeros 10 días de marzo de 2022 para generar y trasmitir la nómina de diciembre de 2021, enero y febrero de 2022.

Así las cosas, muchos empleadores que tienen hasta 10 empleados, tienen más tiempo para cumplir con esta obligación. Se debe tener en cuenta, que si el empleador ya realizo la implementación, este plazo no aplica y debe cumplir con el calendario de las Resoluciones 37 de mayo 5 y 63 de julio 30 de 2021.

De igual forma, y de acuerdo con versiones extraoficiales, la DIAN tiene en desarrollo la solución gratuita para este grupo de obligados por lo que se cree que debe estar lista antes de marzo de 2022 y que, como ocurre con la solución gratuita de la DIAN para facturación Electrónica, no tendría que contratar los servicios con proveedores externos.

Recuerde que, aunque tenga solo 1 empleado por nómina y si está obligado a generar Nómina electrónica a la DIAN, debe trasmitir la correspondiente a diciembre, enero y febrero hasta el 10 de marzo de 2022.

Usted como empresario debe centrar sus esfuerzos en el desarrollo de la operación de su empresa, nosotros nos encargamos del proceso de implementación de su nómina.

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