Los costos asociados a la creación y/o formalización de las empresas, en el caso de Bogotá, están dados por las tarifas fijadas por el decreto 650 de 1996 y las ordenanzas de la Asamblea de Cundinamarca 216 de 2014 y 015 de 2016. Así por ejemplo, para la creación de una SAS, el impuesto de registro es del 0.7% del capital suscrito.
DECRETO 650 DE 1996 (abril 3) Diario Oficial No. 42.761 de 9 de abril de 1996 Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 223 de 1995.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
CAPITULO I.
IMPUESTO DE REGISTRO ARTICULO 1o. ACTOS, CONTRATOS Y NEGOCIOS JURIDICOS SUJETOS AL IMPUESTO DE REGISTRO. Están sujetas al impuesto de registro, en los términos de la Ley 223 de 1995, las inscripciones de los documentos que contengan actos, providencias, contratos o negocios jurídicos en que los particulares sean parte o beneficiarios que, por normas legales, deban registrarse en las Cámaras de Comercio o en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos.
ARTICULO 9o. Tarifa del impuesto para los actos, contratos o negocios jurídicos con cuantía. Todos los actos, contratos o negocios jurídicos con cuantía sujetos al impuesto de registro, que deban registrarse en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, estarán gravados a tarifas entre el 0.5% y el 1%, determinadas por la respectiva asamblea departamental, a iniciativa del Gobernador. Igualmente, todos los actos, contratos negocios jurídicos con cuantía sujetos al impuesto de registro, que deban registrarse en Cámaras de Comercio, estarán gravados a tarifas entre el 0.3% y el 0.7%, determinadas por la respectiva asamblea departamental a iniciativa del Gobernador.
ORDENANZA No.216/2014
“POR LA CUAL SE EXPIDE EL ESTATUTO DE RENTAS DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, SE CONCEDEN UNAS FACULTADES AL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES” LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE CUNDINAMARCA En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 300 y el artículo 338 de la Constitución Política, el numeral 1 del artículo 62 del Decreto 1222 de 1986, el artículo 59 de la Ley 788 de 2002 y demás normas que las adicionen o complementen. ORDENA: Expedir el Estatuto de Rentas para el Departamento de Cundinamarca.
ARTÍCULO 195.- TARIFAS. Se fijan las tarifas del Impuesto de Registro de acuerdo con la siguiente clasificación: ...
- Actos, contratos o negocios jurídicos con cuantía sujetos a registro en las Cámaras de Comercio, es el cero punto siete por ciento (0.7%).
Además del impuesto de registro, se debe pagar en la cámara:
La inscripción en el registro mercantil de los actos y documentos $45.000
La inscripción en el registro mercantil de los libros $15.000
Certificado de Matricula Mercantil $3.100
Certificado de Existencia y Representación Legal $6.200
Formulario RUES $6.200
En resumen, al crear una SAS con un capital suscrito de $10.000.000 se debe pagar:
Concepto |
Valor para pagar |
Impuesto de Registro |
$70.000 |
Derechos de Inscripción en la Cámara |
$45.00 |
Formulario RUES |
$6.200 |
Certificado de Existencia y Representación Legal |
$6.200 |
Si esta pensando en crear o formalizar su empresa, Contactenos y nosotros le ayudamos
Recuerde, la primera consulta es GRATIS. Solicitela AQUI
310 558 9117– 313 821 48 03