• 310 558 91 17 - 313 821 48 03

emailinfo@contabilidadbogota.com

Asesoría Tributaria y Fiscal

determinar las obligaciones fiscales nacionales y localesEl hecho de desarrollar una actividad mercantil o de prestación de servicios generadora de renta, implica que se tienen unas responsabilidades de orden tributario nacional y local. Es importante identificar las obligaciones que se tienen con el objeto de evitar posibles investigaciones con las eventuales sanciones y costos por intereses de mora. Al adquirir estas responsabilidades fiscales, no implica que la consecuencia sea la de pagar impuestos. Identificar a tiempo qué responsabilidades se adquieren por desarrollar actividades mercantiles es fundamental para disminuir costos no presupuestados e inesperados. El requerimiento de una entidad fiscalizadora como la DIAN o Oficina de impuestos municipales o locales puede ser desgastante, frustrante, oneroso e incluso puede comprometer seriamente su patrimonio personal. En muchos casos pueden pasar varios años sin que haya algún tipo de requerimiento. Las entidades fiscalizadoras pueden dejar pasar el tiempo a veces deliberadamente y actuar en los últimos momentos que legalmente les está permitido con el fin asegurar un mayor ingreso. Normalmente estas entidades tienen hasta cinco años para iniciar un proceso que puede terminar en cobros de todos los años dejados de declarar.

Los restaurantes, cafeterías, fruterías, panaderías, expendio de comidas rápidas, bares, tabernas, discotecas  tienen un régimen definido en cuanto al valor agregado. Estas actividades no están en la obligación de cobrar el IVA, salvo excepciones, sino que están sometidas al Impuesto Nacional al Consumo INC.

También les aplica el Régimen Simplificado y el Común del INC. En ambos casos los ejecutores de estas actividades tienen unas obligaciones cuyo incumplimiento deriva en sanciones. Muchos de los negocios mencionados incumplen los mínimos lineamientos legales de funcionamiento por lo que están expuestos a eventuales multas o sanciones. Al formalizar su negocio tienen ventaja frente a los demás ya que se pueden concentrar en el crecimiento del mismo sin temor alguno. Una adecuada clasificación del régimen asegura un desarrollo normal de actividades sin que implique mayor desgaste. Con nuestra asesoría se identifica si usted aplica al Régimen Común o Simplificado del Impuesto Nacional al Consumo  INC indicándole de forma clara las ventajas y desventajas en cada caso proponiendo alternativas viables buscando siempre el cumplimento de la norma tributaria pero buscando también la reducción de los costos al máximo permitido en la búsqueda de un justo equilibrioimpuesto nacional al consumo

En 2018 se establece una nueva forma de presentar impuestos especialmente para los pequeños comerciantes: El Monotributo. Este modelo es voluntario toda vez que el contribuyente si reúne los requisitos puede optar por presentar sus declaraciones  de Renta , IVA y Seguridad Social de una forma simplificada, o seguir presentando sus declaraciones como le venía haciendo. Si usted tiene una peluquería, tienda de viveres en general, combustibles  y lubricantes, equipos de informática y comunicaciones, enseres domésticos, artículos culturales, de entretenimiento, venta de equipos móviles de comunicación (celulares) o si es comerciante independiente sin establecimiento puede presentar correctamente su declaración  contando nuestra asesoría especializada. Le ayudamos a determinar si usted aplica para optar por este modelo mediante un análisis deteniéndose en un adecuado análisis de las ventajas y desventajas.  Son muchas las personas comerciantes que deberán empezar a cumplir con las obligaciones de tipo tributario y de no hacerlo se pueden exponer a ser requeridos con las consecuentes sanciones que se pueden evitar si recibe una adecuada asesoría. Si tiene una peluquería o tienda de barrio de víveres se debe preguntar qué responsabilidad tiene en materia de impuestos. 

monotributo

La DIAN dentro del programa "Al dia con la DIAN" adelanta visistas y otras diligencias a Profesionales Independientes, Asalariados y Restaurantes con el animo de procurar el cumplimiento de las obligaciones de estas personas.

La entidad fiscalizadora estima que son muchas las personas, especialemente independientes que no cumplen las obligaciones tributarias por lo cual pueden ser considerados como omisos o evasores.

Se debe recordar que en la actualidad la DIAN cuenta con los mecanismos suficientes para identificar a los contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones y que en cualquier momento seran requeridos. 

Con frecuencia, cuando la DIAN efectua un requerimiento, es por que cuenta con la suficiente informacion del contribuyente, y lo mejor que puede hacer este contribuyente es prestarle la suficiente atencion al mismo y buscar la forma de ponerse " AL dia con la DIAN". pero no debe olvidar que puede incurrir en probables sanciones las cuales en muchas ocaciones son mucho mas elevadas que los mismos impuestos a pagar.

En concecuenia, si usted cree que tiene asuntos pendientes con la DIAN, es mejor actuar a tiempo. Contactenos y lo orientamos en estos procedimientos. Tel 310 558 91 17. La primera consulta es gratis.

http://www.dian.gov.co/descargas/EscritosComunicados/2017/170_Comunicado_de_prensa_27102017.pdf

Al dia con la Dian

 

 

 

Página 1 de 3

logo platino web blanco