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Para el año 2021 todas las personas naturales y jurídicas que sean responsable de IVA deben facturar las transacciones mediante la figura de Facturación Electrónica.

Mediante la Resolución 042 de Mayo de  2020 y 012 de 2021, la DIAN definió el calendario que fija las fechas límite para iniciar a facturar electrónicamente, cuyos plazos vencieron entre mayo y Noviembre de 2020, dependiendo del código de la Actividad CIIU principal. A la fecha ya deben estar con facturación electrónica.

Sin embargo pueden haber algunos obligados que no lo han implementado.

Este proceso aunque no es complejo, si necesita de especial cuidado en todos los procesos con el fin de que sea exitoso.

Dependiendo de algunas características de la persona, Natural o Jurídica, este proceso puede serle gratuito o con costo para su implementación.

Es conveniente analizar estas características para determinar la forma de implementación mediante la asesoría de expertos en el tema y con quienes puede realizar todo el proceso.

Ofrecemos la asesoría que usted necesita en Facturación Electrónica FE, especialmente implementando todo el proceso con la solución gratuita de la DIAN hasta obtener las primeras facturas.

Consúltenos mediante correo electrónico AQUI o a los teléfonos Whatsapp WP 310 558 91 17 – 313 821 48 03 . La primera consuta es GRATIS. PROGRAMELA AQUI.

Facturación Electrónica DIAN

 

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