Exención de sanción e intereses por ICA y Retención por ICA de Bogotá.
El Acuerdo 816 de agosto 25 de 2021 del Concejo de Bogotá, en el Articulo 6 acuerda otorgar beneficios a los contribuyentes que por efecto de la pandemia del Covid-19 no hayan podido cumplir con sus obligaciones. Los beneficios tienen que ver con la exoneración de 100% de los intereses y sanciones causados, siempre y cuando paguen el 100% del capital antes del 15 de diciembre.
Si aún se encuentra ante la Secretaria de Hacienda de Bogota con alguna situación de no presentación, falta de pago o similar, es el momento de aprovechar dichos beneficios, con los cuales se ahorran la sanción de $363.000 en caso de las Retenciones por ICA o $254.000 para ICA mas la totalidad de intereses de mora.
Los deudores de obligaciones tributarias, esto es, contribuyentes, responsables, agentes retenedores, garantes y deudores solidarios con registro en cartera (título ejecutivo), serán exonerados del 100% de intereses y sanciones causados si pagan la totalidad del capital adeudado a más tardar el 15 de diciembre de 2021. El alivio cobija, de igual manera, a los deudores con facilidad de pago vigente y que presenten mora.
Recuerda que los alivios aplican para los deudores de los impuestos Predial 2020 y 2021; Vehículos 2020; ICA 2020, periodos del 1 al 6, y 2021, periodos 1 y 2; ReteICA 2020, periodos del 1 al 6, y ReteICA 2021, periodos 1 al 3.
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