No todas las personas están obligadas a generar y trasmitir nómina electrónica por sus empleados.
De acuerdo con la Resolución 013 de la DIAN, todo contribuyente que contrate personal o tenga nomina mediante un contrato de trabajo está obligado de generar y trasmitir a la DIAN la nómina dentro de los plazos establecidos.
Por su parte, el Articulo 4 señala los obligados a generar y trasmitir el documento soporte de pago y las notas de ajustes cuya responsabilidad está en aquellos contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y que quieran incluir dichos costos o gastos como deducciones en las declaraciones de renta e impuestos descontables en las declaraciones de IVA. Por lo anterior, si usted tiene empleados, pero no presenta declaración de renta, no esta obligado a generar nomina electrónica.
Se debe tener en cuenta que los obligados a enviar reporte de Nómina Electrónica a la DIAN y que el número de empleados sea hasta 10, tienen un nuevo plazo para su transmisión. Consúltelo Aquí.
Usted como empresario debe centrar sus esfuerzos en el desarrollo de la operación de su empresa, nosotros nos encargamos del proceso de implementación de su nómina.
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