VENCIMIENTO DE FIRMA ELECTRONICA DIAN.
La Firma Electrónica reemplazó lo que antes se llamaba Firma Digital. Este mecanismo es utilizado por la DIAN para validar la información que los contribuyentes envían. De esta manera, la Entidad Fiscalizadora se asegura que son generados directamente por los responsables y que no hay suplantación, y en consecuencia tiene plena legalidad y eficacia. Este mecanismo se implementó a partir de 2016.
Como este mecanismo tiene una vigencia de tres (3) años, es muy posible que para algunos contribuyentes que la hayan tramitado, ya este vencida o este próxima a hacerlo, y por lo tanto, puedan presentar problemas al momento de firmar los documentos para envío a la DIAN, y caer en una eventual extemporaneidad en la presentación de las Obligaciones tributarias como la Retención en la Fuente de acuerdo a las fechas del Calendario Tributario 2020 y sus modificaciones realizadas a casusa del Estado de Emergencia que invocó el Gobierno Nacional a raíz de situación mundial con respecto a COVID-19
Solución
Si aún no se ha vencido, el procediendo de actualización es muy sencillo y se hace vía WEB (ver paso a paso) https://www.dian.gov.co/impuestos/Firma%20Electrnica/1pasoapaso.pdf, sin embargo, si el vencimiento ya se produjo, el proceso es un poco más complejo y más aun teniendo en cuenta las restricciones de movilidad, ya que este trámite se requiere hacer de forma presencial, no obstante, este servicio por ahora se puede hacer vía WEB mediante solicitud de cita en la DIAN desde https://agendamientodigiturno.dian.gov.co/ y seguir el proceso el cual puede durar algunos días.
Si requiere ayuda u orientación con gusto le podemos colaborar.
Consúltenos mediante correo electrónico AQUI o a los teléfonos Cels 313 821 48 03 – 310 558 91 17. La primera consulta es GRATIS.